domingo, 2 de junio de 2013

LA FAMILIA ROMANA

Generalidades
En un sentido moderno, la ―familia‖ es un complejo de personas ligadas entre 
sí por un vínculo natural. Esta noción, sin embargo, en Derecho romano, 
permaneció por largo tiempo absorbida por un concepto más amplio, que 
comprendía al conjunto de las Personas sometidas a la autoridad de un jefe, 
el “Paterfamilias‖, ya sea por filiación, ya sea por un vínculo jurídico 
(―familiam dicimus plures Personas quae sunt sub unius potestate aut 
natura aut jure subiectae”). Tal conjunto llamábase ―familia proprio jure‖,
en contraposición a la ―familia communi iure‖, la cual comprendía a todas las 
Personas que habían estado sometidas a un mismo ―Paterfamilias‖, si éste 
vivía aun.

En torno a la muerte de un ―Paterfamilias‖ se sustituía en el mando del grupo 
familiar un nuevo jefe, el heredero; en la época histórica, por el contrario, el 
núcleo originario se dividía en tantas nuevas familias como tantos eran los 
hijos varones, cada uno de los cuales, independientemente de la edad o del 
tener más o menos una descendencia propia, llegaba a ser a su vez 
―Paterfamilias‖. 

El vínculo que ligaba a las Personas libres pertenecientes a la misma familia 
llamábase "agnatio‖, de aquí que las Personas mismas se llamaran "agnati‖. 
Por el contrario, el parentesco de sangre llamábase ―cognatio‖ y se 
computaba con grados, uno por cada generación, tanto en la línea recta, esto 
es, entre ascendientes, cuanto en las líneas colaterales, por la cual de un 
pariente se elevaba hasta el jefe común y se descendía hasta el otro pariente. 
En suma, se llamaba "afinitas” el vinculo que ligaba a un cónyuge con los 
parientes del otro cónyuge.

No hay comentarios:

Publicar un comentario